COLABORA

Herencias y legados

Herencias y legados

Informamos y asesoramos a las familias de las personas atendidas sobre la necesidad de hacer testamento y sus ventajas, y les ayudamos a planificar el futuro patrimonial de la persona</ strong> para garantizar su calidad de vida y su atención.

El servicio también está destinado a cualquier persona que quiera hacer un legado o dejar una herencia a favor de la Fundación, tenga o no vinculación. Todos los recursos serán destinados a la misión de la entidad: velar por la calidad de vida de las personas en riesgo de exclusión, especialmente con diversidad funcional, y hacer realidad su proyecto de vida.

Su herencia o legado puede contribuir a garantizar la atención a las personas que lo necesitan una vez usted o su familiar dado no estén allí .

Herencias y legados solidarios

Hacer testamento es importante y lo es especialmente para las familias que tienen un hijo/a con discapacidad, ya que es una oportunidad de garantizar su futuro y su proyecto de vida. Es un procedimiento sencillo, económico y útil para decidir sobre la disposición del patrimonio.
Es muy importante hacer testamento por:

  • Garantizar que su voluntad se cumplirá con exactitud y facilitar a los herederos la transmisión de los bienes.
  • Evitar problemas a familiares y círculos cercanos.
  • Evitar que el patrimonio pase a manos del Estado en caso de no haber testamento.
  • Evitar pagar impuestos de forma innecesaria y que se reduzca así el valor de su legado.

Además de garantizar el futuro de su familiar con discapacidad, su herencia o su legado también puede ser solidario con otras personas atendidas en ASPRONIS.

¿Cómo puedo dejar la herencia o realizar un legado a la Fundación ASPRONIS?

En el testamento tanto los familiares de las personas atendidas en la Fundación como cualquier persona puede:

  • Hacer un legado a favor de la entidad, es decir, asignar varios bienes o derechos a la Fundación.
  • Nombrarla coheredera, en caso de que quiera compartir los bienes con más de una persona o institución.
  • Nombrarla heredera universal, en caso de que no haya herederos.
  • Nombrarla administradora de los bienes legados en usufructo al hijo/a con discapacidad y, a su muerte, la Fundación los destinará a otras personas con discapacidad y sin recursos.

¿Qué haremos con su herencia o su legado?

En caso de que así lo establezca el testamento, la Fundación dedicará la herencia o el legado al proyecto de vida de su familiar atendido en nuestros servicios. A su muerte, dedicaremos los restantes bienes a mejorar la calidad de vida de aquellas personas con discapacidad atendidas en la Fundación que no tengan recursos.

¿Qué bienes pueden ser legados a la Fundación ASPRONIS?

  • Bienes inmuebles: viviendas, fincas rústicas, etc.
  • Dinero en efectivo o dinero depositado en entidades financieras.
  • Acciones, fondos de inversión o seguros de vida.
  • Otros bienes, como joyas, cuadros, antigüedades, mobiliario, etc.

¿A qué dedicaremos la herencia o legado cuando no sea de un familiar de ninguna persona atendida?

  • Proporcionar vivienda a personas atendidas sin recursos.
  • Equipar servicios asistenciales.
  • Proveer de maquinaria o recursos que den trabajo a las personas.
Ir al contenido